2021-03-10
Nuevo Mundo – 96.1
¿Qué es Corte de Constitucionalidad de Guatemala?La Corte de Constitucionalidad es un tribunal permanente de jurisdicción privativa, cuya función esencial es la defensa del orden constitucional; actúa como tribunal colegiado con independencia de los demás organismos del Estado y ejerce funciones específicas que le asigna la Constitución y la ley de la materia.¿Cómo se integra la CC?Según el artículo 269 de la Constitución, la Corte de Constitucionalidad se integra con cinco magistrados titulares, cada uno de los cuales tendrá su respectivo suplente. Cuando conozca de asuntos de inconstitucionalidad en contra de la Corte Suprema de Justicia, el Congreso de la República, el Presidente o el Vicepresidente de la República, el número de sus integrantes se elevará a siete, escogiéndose los otros dos magistrados por sorteo de entre los suplentes. Los magistrados durarán en sus funciones cinco años y serán designados en la siguiente forma:1. Un Magistrado designado por el Pleno de la Corte Suprema de Justicia;2. Un Magistrado designado por el Pleno del Congreso de la República de Guatemala;3. Un Magistrado designado por el Presidente de la República de Guatemala, Vicepresidente de la República de Guatemala en Consejo de Ministros;4. Un Magistrado designado por el Consejo Superior Universitario de la Universidad de San Carlos de Guatemala; y5. Un Magistrado designado por la Asamblea del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala.Simultáneamente con la designación de cada titular, se hace la elección del respectivo suplente en cada organismo.
La Corte de Constitucionalidad es un tribunal permanente de jurisdicción privativa, cuya función esencial es la defensa del orden constitucional; actúa como tribunal colegiado con independencia de los demás organismos del Estado y ejerce funciones específicas que le asigna la Constitución y la ley de la materia.
Según el artículo 269 de la Constitución, la Corte de Constitucionalidad se integra con cinco magistrados titulares, cada uno de los cuales tendrá su respectivo suplente. Cuando conozca de asuntos de inconstitucionalidad en contra de la Corte Suprema de Justicia, el Congreso de la República, el Presidente o el Vicepresidente de la República, el número de sus integrantes se elevará a siete, escogiéndose los otros dos magistrados por sorteo de entre los suplentes. Los magistrados durarán en sus funciones cinco años y serán designados en la siguiente forma:
1. Un Magistrado designado por el Pleno de la Corte Suprema de Justicia;
2. Un Magistrado designado por el Pleno del Congreso de la República de Guatemala;
3. Un Magistrado designado por el Presidente de la República de Guatemala, Vicepresidente de la República de Guatemala en Consejo de Ministros;
4. Un Magistrado designado por el Consejo Superior Universitario de la Universidad de San Carlos de Guatemala; y
5. Un Magistrado designado por la Asamblea del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala.
Simultáneamente con la designación de cada titular, se hace la elección del respectivo suplente en cada organismo.